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  • Foto del escritorMª Carmen Moreno Ayguadé

Prestación por maternidad exenta en Renta. Sentencia del Supremo de 3 de Octubre de 2018


El Tribunal Supremo ha establecido que las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF.

Las personas que hayan disfrutado de bajas de maternidad desde 2014 pueden solicitar la devolución de lo que pagaron por IRPF en sus prestaciones, las anteriores quedan prescritas. Esto significa que se pueden reclamar las declaraciones de la Renta de 2014, 2015, 2016 y 2017.


Además, quienes hubieran iniciado un procedimiento de reclamación, aun habiendo recibido las prestaciones de maternidad con anterioridad a estos ejercicios, también se verán beneficiados por la sentencia porque el plazo queda en suspenso al haber comenzado el trámite.

Enlace a la noticia: El Supremo declara que las prestaciones por maternidad no deben pagar IRPF

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