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  • Foto del escritorMª Carmen Moreno Ayguadé

Nuevo sistema DIVA (desde 1 enero 2019) Solicitud de devolución de IVA régimen de viajeros


¿Quién puede solicitar la devolución del IVA soportado en sus compras? (artículo 21. 2º A Ley IVA)


1. Residentes fuera de la UE, Canarias, Ceuta y Melilla.

2. Salida de la mercancía fuera UE en 3 meses desde la compra.

3. Uso personal, no comercial.


Procedimiento a partir del 1 de Enero de 2019 (sellado digital, no manual)


1. En la venta, el proveedor entregará al cliente la factura y el "Documento Electrónico de Reembolso" (DER), que obtendrá en el enlace de la AEAT abajo indicado.

2. A la salida de la UE, el viajero presentará los bienes con la factura y el DER en la Aduana de Exportación. La Aduana acreditará el visado electrónico de los documentos.

3. El viajero remitirá al proveedor los documentos visados, quien deberá proceder al reembolso del IVA soportado en la compra en un plazo de 15 días.

4. El proveedor hará constar en la Sede Electrónica de la AEAT que el reembolso se ha hecho efectivo.


Enlace al Procedimiento :

Documento electrónico de reembolso del Impuesto sobre el Valor Añadido a viajeros (DER)


Más información:

Sellado digital




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