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  • Foto del escritorMª Carmen Moreno Ayguadé

COVID-19 MEDIDAS FISCALES URGENTES. AGENCIA TRIBUTARIA CATALANA


(Actualizado a 23 de marzo de 2020)

1. Suspensión de plazos de los procedimientos. Suspensión de plazos de prescripción y caducidad. No atención presencial


Se adoptan las siguientes medidas con respecto a la prestación de los servicios a la ciudadanía:

- Suspensión e interrupción de los plazos de los procedimientos de gestión, inspección y recaudación. - Suspensión de plazos de prescripción y caducidad. - Suspensión de la atención presencial. Las citas previas ya dadas quedan anuladas y las oficinas permanecerán cerradas.

Nota ATC Medidas excepcionales relativas a los plazos de tramitación y atención a los usuarios de la Agencia Tributaria de Cataluña: pulse aquí

2. Suspensión de de la presentación de autoliquidaciones y pago de los tributos propios de la Generalidad de Cataluña


La medida afecta tanto a los tributos propios de la Generalidad de Cataluña como a los tributos cuya recaudación y gestión está cedida a esta comunidad autónoma, es decir, a los siguientes:


a. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

b. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, en sus modalidades de transmisiones patrimoniales onerosas, actos jurídicos documentados y operaciones societarias.

c. El Impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos.

d. El Impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas.

e. El Impuesto sobre el Patrimonio.

f. La tributación sobre el juego de ámbito autonómico.

g. El Impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica.

h. Los impuestos (a) sobre los activos no productivos de las personas jurídicas y (b) sobre las viviendas vacías.

i. El Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales.

j. Los impuestos (i) sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y (ii) sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial; así como (iii) sobre el riesgo medioambiental de elementos radiotóxicos.

k. El Gravamen de protección civil.

l. Los cánones (i) sobre la disposición de desperdicio de los residuos municipales y (ii) sobre la deposición controlada de los residuos de la construcción; así como el canon del agua

PREGUNTAS FRECUENTES EN RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y LAS DERIVADAS DE LA RECAUDACIÓN EN VÍA EJECUTIVA: pulse aquí




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